Indicators on orden de detencion europea y entrega - asistencia legal You Should Know



La Orden Europea de Detención y Entrega, también conocida como Orden de detención Europea, Euroorden (OEDE) – es una resolución judicial dictada por un Estado miembro de la Unión Europea con vistas a la detención y entrega, por otro Estado miembro, de una persona para el ejercicio de acciones penales o la ejecución de una pena o una medida de seguridad privativas de libertad o medida de internamiento en centro de menores.

Cuando el condenado no tenga residencia legal y habitual en España, el Juez Central de lo Penal que reciba la solicitud de la autoridad de emisión para que preste su consentimiento a que la resolución de libertad vigilada le sea transmitida, sólo podrá otorgarlo si se dan las condiciones previstas en la letra b) del apartado two del artworkículo anterior.

Los asuntos internacionales, como por ejemplo, la entrega de arrestados desde y hacia el extranjero, son, por supuesto, extremadamente delicados: basta pensar en los militares uruguayos y argentinos, solicitados por el Tribunal de Roma en el marco del proceso iniciado por las ejecuciones masivas en detrimento de los llamados desaparecidos de origen italiano; piense también en el proceso contra el dictador de Panamá, el standard Manuel Noriega, solicitado por Italia en relación con el asesinato del ministro Ugo Spadafora.

La autoridad judicial española podrá dictar una orden europea de detención y entrega en los siguientes supuestos:

three. Con la misma finalidad, podrá solicitarse la entrega temporal si la autoridad de ejecución, tras haber acordado la entrega de la persona reclamada, decidiera suspender la misma por estar pendiente en el Estado de ejecución la celebración de juicio o el cumplimiento de una pena impuesta por un hecho distinto del que motivare la orden europea de detención y entrega.

a) Estado de emisión: el Estado miembro de la Unión Europea en el que la autoridad competente ha dictado una orden o resolución de las reguladas en esta Ley al objeto de que sea reconocida y ejecutada en otro Estado miembro.

La orden europea de detención y entrega se documentará en el formulario que figura en el anexo I, con mención expresa a la siguiente navigate here información:

El Título IX tiene por objeto normal la resolución por la que se exige el pago de una sanción pecuniaria, incorporando con leves modificaciones el contenido de la Ley one/2008, de four de diciembre, para la ejecución en la Unión Europea de resoluciones que impongan sanciones pecuniarias. Estas normas determinan el procedimiento a través del cual se navigate here van a transmitir, por parte de las autoridades judiciales españolas, aquellas resoluciones firmes por las que se exija el pago de una sanción pecuniaria a una persona física o jurídica como consecuencia de la comisión de una infracción penal, a otros Estados miembros de la Unión Europea en los que esa persona posea propiedades, obtenga ingresos o tenga su residencia habitual.

Cuando el imputado no haya comparecido en el juicio a menos que en la orden conste que no se notificó personalmente la resolución pero se le notificará sin demora tras la entrega, siendo informado de su derecho a un nuevo juicio o a interponer recurso.

1. La competencia para la supervisión de las medidas de vigilancia revertirá al Juez o Tribunal competente en los casos en que:

Un año después, la Decisión Marco 2006/783/JAI, de six de octubre de 2006, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones de decomiso, permitiría que una resolución dictada en un Estado acordando el decomiso de una serie de bienes, fuera reconocida y ejecutada por un Tribunal del Estado en el que se encontrasen los bienes afectados.

one. Son autoridades competentes para la transmisión de una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad los Jueces de Vigilancia Penitenciaria, así como los Jueces de Menores cuando se trate de una medida impuesta de conformidad con la Ley Orgánica reguladora navigate here de la responsabilidad penal de los menores.

3. Los motivos de fondo por los que se haya adoptado la orden o resolución sólo podrán ser impugnados mediante un recurso interpuesto en el Estado miembro de la autoridad judicial de emisión.

23. Pide a los Estados miembros que doten de flexibilidad a los regímenes lingüísticos de la orden de detención europea y que desarrollen y apliquen prácticas comunes a este respecto, respetando al mismo tiempo el derecho a interpretación y traducción de las personas en los procesos penales, de conformidad con la Directiva 2010/sixty four/UE; pide a los Estados miembros, en este contexto, que introduzcan los mecanismos necesarios para evitar retrasos u obstáculos; lamenta que la Decisión Marco relativa a la orden de detención europea no fije plazos para la transmisión de órdenes de detención europeas traducidas;

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